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La nueva impartición de justicia laboral

Esta nueva etapa en la justicia laboral exige cambios.

Como ya sabemos el pasado 18 de noviembre inicio operaciones la impartición de justicia a cargo del poder judicial, en los estados de Campeche, Chiapas, Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas e Hidalgo, este último solo en el ámbito federal. Esto quiere decir que las juntas de conciliación y arbitraje que dependen del poder ejecutivo, dejaran de operar a  medida que vayan resolviendo los asuntos que aún atenden, esto si en un futuro no se da un cambio para migrar estos a los  tribunales.

Bien, este modelo se agotará en 2 etapas, la primera etapa es obligatoria y prioriza la ya no tan nueva implementación de los medios alternos de solución de controversias, A partir de hoy, los conflictos laborales serán sometidos a un modelo de conciliación para obtener una solución pronta y expedita en un máximo de 45 días, , en caso de no resolverse por esta vía, se podrá acudir a la siguiente etapa.

La siguiente etapa llegará a manos de un Tribunal Laboral, la demanda se inicia, esta etapa se pretende que se dé una resolución en no más de 8 meses, como máximo.

Hasta este momento ya sabemos en qué consiste la nueva impartición de justicia, ante esto,  ¿qué cambios debo tener o puedo seguir igual como hasta ahora?

Pues sí, deben tomarse medidas y adoptar cambios ya que si bien es cierto los cambios fundamentales en esta reforma son en impartición de justicia y de regular mas puntualmente las relaciones colectivas, presupone un cambio en todos los vicios que se dieron durante el procedimiento ante las juntas de conciliación y arbitraje.

Estos cambios se deben dar fundamentalmente en la forma correcta de contratación, optima  integración de expedientes, seguimiento y documentación de la relación laboral, en cumplir con las normas oficiales mexicanas que apliquen, creación y seguimiento a las comisiones mixtas y reglamentos interiores, hasta el momento en que se decida dar por terminada la relación de trabajo, ya sea por parte del trabajador o por parte del patrón, esto por supuesto atendiendo la forma correcta para ello.

Una vez que podamos allegarnos de todos estos mecanismos y esencialmente de los términos y figuras correctas, podemos estar en condiciones de hacer frente a estos cambios muy importantes. Se debe tomar en cuenta que, si no damos importancia en generar los cambios ciertos, podemos tener afectaciones severas, toda vez que ahora existe más coerción con la nueva impartición de justicia.

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