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ICEMéxico

El trabajo en tiempos de COVID-19

La importancia de contar con un plan de acción preventivo y eficaz.

A raíz de que se propagó el virus, ha traído consigo un sin fin de afectaciones en todos los ámbitos y por supuesto en todo el mundo, pero lo que vamos a atender es lo que ha causado en nuestro país.

Una vez instaurado el confinamiento en todo el territorio nacional, en muy poco tiempo, como era evidente, las problemáticas se incrementaron de manera preocupante.

El principal fue, el cómo subsistir con puertas cerradas por supuesto sin tener ingresos, esto se agravó ante la desinformación y la proliferación de las fake news.

 

cierre empresas covid

El gobierno federal ante la declaratoria de emergencia sanitaria se informó que los negocios deben pagar los salarios completos de sus trabajadores durante la cuarentena, así como otorgar los permisos laborales que se marcan de manera enfática, pues en caso contrario se pueden hacer acreedores a una multa e incluso a una sanción penal. Ahora bien, la Ley Federal del trabajo establece en el artículo 427 fracción VII y 429 en su fracción IV, que ante una contingencia sanitaria declarada por la autoridad competente, se dará la suspensión de labores o trabajos y el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.

La gran mayoría de las empresas dieron cabal cumplimiento al pago del salario mínimo por el primer mes una vez declarada la emergencia sanitaria, pero con base en los artículos antes citados, no hubo fundamento legal para pagar la indemnización establecida en la Ley Federal del Trabajo, porque las autoridades no suspendieron las relaciones laborales, por ende, no se debió aplicar la indemnización prevista en la Ley. Considero, que no existió ninguna declaración de contingencia, solo hubo una declaración de emergencia sanitaria, entonces el patrón, en principio, tiene la obligación de cubrir el salario, pero si está imposibilitado de hacerlo, como es lo que han estado viviendo muchos empleadores de México, pues se debe llegar a acuerdos.

Fue entonces cuando la desinformación y la escasa asesoría complicaron aún más la situación y acabó por lapidar a las empresas, toda vez que, si se hubiera declarado contingencia sanitaria, se pensó que se podía dar facultad legal a los patrones para rescindir la relación de trabajo sin ninguna responsabilidad para ellos.

Esto, a las grandes empresas quizá no lo han resentido, pero en el país un 80% son pymes y estas viven al día, cómo seguir pagando un salario completo, si antes de la llegada de la pandemia ya no tenían finanzas sanas por la también difícil situación económica que se vivía ya en el país, pero ante esto, aún hay empresas que a pesar de todo lo adverso siguen aguantando los embates de esta pandemia.

¿Y qué pasa con ellas?

Bien, lo más difícil como ya mencionamos es la relación que se tornó muy ríspida entre patrón y trabajador y la batalla por ver quien ostenta mejor derecho, pero aún hay que sortear más obstáculos, muchas empresas recibieron inspecciones extraordinarias por la STPS, multas acompañadas de suspensión de actividades, lo que sigue es hacer frente a todo esto.

Con una atención adecuada se puede hacer frente de manera exitosa a estas eventualidades.

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